Acuerdos preferenciales

Corea

El acuerdo UE-Corea introduce un nuevo régimen de certificación preferencial de origen

El 1 de julio de 2011 entró en vigor el Acuerdo de Libre Cambio (ALC) entre la Unión Europea y la República de Corea, tras iniciarse las primeras negociaciones en Abril del 2007.

El acuerdo, contempla la supresión de forma progresiva y recíproca de los derechos de importación para los productos originarios de la Parte UE, al ser importados en Corea, y de los productos originarios de Corea, al ser importados en la Parte UE. El exportador deberá realizar una declaración, denominada “declaración de origen” en una factura, un albarán o cualquier otro documento comercial que describa los productos a exportar.

Dicho exportador deberá poder presentar en todo momento a petición de las autoridades aduaneras todos los documentos que demuestren el origen de las mercancías.

Se ha creado una cláusula de carácter bilateral de salvaguardia para los casos de incremento considerable en las importaciones que puedan causar amenaza a la industria. La Comisión podrá introducir medidas previas de vigilancia, o iniciar cualquier trámite de investigación. Existen ya unos sectores definidos como sensibles, como los automóviles, los textiles y electrónica de consumo, en los que la Comisión advierte pueden ser objeto de investigación, para la protección de la industria.

El acuerdo UE-Corea introduce un nuevo régimen de certificación preferencial de origen, sustituyendo el certificado de origen preferencial (EUR1) por la auto-certificación en factura. Dicha certificación admite dos modalidades en función del importe de las mercancías exportadas,

Para mercancías con valores inferiores a 6.000 eur, el texto que debe figurar en la Declaración de origen es:

El exportador de los productos incluidos en el presente documento declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial de la Unión Europea”.
The exporter of the products covered by this document declares that, except where otherwise clearly indicated, these products are of European Union preferential origin”.

Para exportaciones con valores superiores a 6.000 eur, las empresas exportadoras deberán solicitar a la autoridades aduaneras mediante instancia, un número de exportador autorizado (Procedimiento de Certificación de Origen de Mercancías Exportadas a Corea tras la entrada en vigor del Acuerdo de Libre Cambio UE-COREA, en el sentido del artículo 17 del Protocolo 1 del ALC ) que deberá figurar en la Declaración de origen. Para obtener este estatuto es necesario “Que los productos objeto de exportación cumplan las normas de origen y demás requisitos establecidos en el Acuerdo Preferencial UE-Corea".

El texto que deberá figurar en la Declaración será:

El exportador de los productos incluidos en el presente documento [autorización aduanera nº….] declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial de la Unión Europea.”
The exporter of the products covered by this document (customs authorisation No … ) declares that, except where otherwise clearly indicated, these products are of European Union preferential origin.”

Cuando las mercancías sean originarias de Ceuta y Melilla, se debe indicar claramente en la factura u otro documento comercial, a continuación de las frases anteriores, con las letras “CM”

De ser posible, se recomienda encarecidamente incluir el texto en coreano, pudiéndose omitir el texto en inglés (el acuerdo permite en principio declaraciones en cualquiera de las lenguas oficiales de la UE, pero la Oficina Comercial de España en Seúl tiene serias dudas sobre la capacidad de las aduanas coreanas para honrar este compromiso. Además, hay que tener en cuenta que el acuerdo indica que “las autoridades aduaneras podrán pedir traducción al coreano de la documentación entregada”. La interpretación que los servicios jurídicos de la UE hacen de esta cláusula es que deberán autorizar la entrada de los productos y quedar a la espera de la entrega de la traducción, pero se trata de una disposición ambigua que puede dar lugar a problemas. La inclusión de la declaración en coreano o, en su defecto, en inglés, facilitará enormemente los trámites .

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