Acuerdos preferenciales

Acuerdos en negociación

  • CE/ India

  • CE/ ASEAN- Singapur, Malasia

  • CE/ Países del Golfo

  • CE /Comunidad Andina

  • CE/ Mercado Centroamericano

  • CE/ Mercosur

El proceso negociador de los Acuerdos Preferenciales de la UE con terceros países en lo que se refiere a las normas de determinación del origen de las mercancías es similar cualquiera sea el país o grupo de países que serán los futuros socios de esos nuevos Acuerdos que se concluyan.

Ello es debido a que el objetivo principal que se persigue en la celebración del Acuerdo Preferencial es el de salvaguardar los intereses económicos de la Comunidad Europea, manteniendo al mismo tiempo el principio de homogeneidad con respecto a las normas de origen de los Acuerdos que la CE ya tiene en vigor con otro países socios.

Para su logro en las primeras negociaciones se presenta al futuro socio un "Protocolo estándar" que recoge las normas que se desean aplicar, según estructura recogida en el apartado 4.3 de esta guía, es decir la CE ofrece su propuesta en cuanto a las definiciones sobre productos enteramente obtenidos, listas de las transformaciones suficientes requeridas, operaciones insuficientes, acumulación (en principio bilateral entre las partes) principio de territorialidad, norma de no-drawback, etc.

Lógicamente al estar en un marco Bilateral, la futura parte contratante intenta asimismo mantener sus sistemas de acuerdos preferenciales por lo que ofrece su contra-propuesta, iniciándose así un proceso negociador encaminado a lograr posibles concesiones de las partes para llegar al deseado Acuerdo.

Así por ejemplo podíamos citar como normas de origen que conllevan largos debates, las relativas a la aplicación de la norma de no-drawbcak, la de acumulación diagonal con otros países, el transporte directo, y por supuesto las normas de transformación suficiente, en especial, para determinados productos de sectores muy sensibles de las partes contratantes (agrícola, agrícola transformado, pesca, textiles y confección, sector del automóvil, sector químico, etc.)

También, lógicamente las negociaciones alcanzan a las pruebas de origen que se aceptarán y a los métodos de cooperación administrativa que se establecerán para el control del origen preferencial. Así, a título de ejemplo, puede adelantarse que con Corea del Sur se va a suprimir el Certificado (EUR-1) como prueba y aplicará, únicamente, la "declaración en factura" con el sistema del exportador autorizado para envíos superiores a 6.000 € y en el futuro Acuerdo con países del Golfo éstos no expedirán un EUR-1 sino un Certificado (falta por dar nombre) especial creado por ellos al efecto, manteniendo la CE el EUR-1 para nuestras exportaciones a los países de este grupo.

De los Acuerdos en negociación indicados se destaca:

India

Las negociaciones con India comenzaron el 28 de junio de 2008, habiéndose celebrado ya nueve rondas (a 31-12-2010), aunque en lo referente a las normas de origen sólo han sido abordadas seis veces, principalmente en reuniones separadas de las rondas generales y seguidas por expertos en la materia de origen.

Las principales cuestiones en los debates se centran en:

Definición de territorio y condiciones de los buques:

India quiere que la pesca dentro de las 200 millas náuticas tenga la condición de originario. La UE mantiene la postura de que sólo tendrá carácter originario si se reúnen los requisitos de los buques.

Norma de no-drawback:

India se opone firmemente a la introducción de esta norma porque considera que reduce efectivamente el margen de las preferencias que se acuerde. La UE mantiene su postura de la necesidad de esta norma, si se llegase a aceptar se pediría a India la lista de productos que quieren incluir y se haría una evaluación de impacto.

Precio FOB - Precio Franco Fábrica:

La zona ASEAN tiene criterios distintos para las normas de origen expresadas en términos de valor añadido, utilizando el precio FOB. El enfoque de la UE que utiliza el precio franco fábrica es económico ya que va ligado a la producción y no incluye los costes de transportes ni de descarga y carga en los medios de transporte. Las posibilidades que se plantean para la negociación son:

Aceptar el precio FOB

Dejar la elección al productor

Que cada parte aplique un sistema y así se reflejaría una columna con las normas para la UE en base al P.F.F y una columna para el socio del ALC que exprese las normas en base al FOB.

La Comisión considera que la 3ª opción es la más apropiada y propone un factor de conversión que relacione el PFF con el FOB que fija en el 10%, así se pondría en las normas de Lista dos columnas una expresada la norma en el PFF para los operadores de la UE y la segunda expresada en FOB para los de India. Propuesta no muy bién acogida por la mayoría de los EEMM que consideran que sentaríamos un precedente para otros acuerdos y si es el socio sólo el que aplica el FOB tendrían normas de origen más ventajosas.

Certificación de origen:

La UE está proponiendo el sistema de auto-cerficación (exportador autorizado) India aunque mostró interés por el sistema prefiere mantener el certificado, incluso aceptaría el EUR-1, y pide un sistema de control de los números de los exportadores autorizados en la UE.

Principio de absorción:

India no aplica esta norma en sus actuales ALC, en tanto que para la UE es un pilar base de sus normas de origen.

Ceuta y Melilla:

India considera que el tratado sería entre la UE y ellos por consiguiente las normas especiales para Ceuta y Melilla son inaceptables. La Comisión indica que estas disposiciones y las declaraciones conjuntas sobre Andorra y San Marino se dejarán para el final como cuestión política para los negociadores jefes.

Normas de Lista:

India insiste en una norma horizontal de cambio de partida y posibilidad para algunos productos de la norma de valor añadido (40%).Para los productos agrícolas y agrícolas transformados no aceptan que las normas de origen tengan:

Limitaciones en contenido de azúcar.

Para los cereales del cap.11 que sean obtenidos a partir de materias enteramente obtenidas.

Norma de enteramente obtenidos para el pescado elaborado del cap.16.

Se concluye que políticamente hay mucha presión para la ultimación del acuerdo, si bien las cuestiones de origen pendientes todavía son muchas por lo que se prevén reuniones técnicas extras y presión política a India para que acepte las propuestas de la UE.

Más información sobre las negociaciones de este ALC en:http://ec.europa.eu/trade/creating-opportunities/bilateral-relations/countries/india/

ASEAN

Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (Brunei Darussalam, Camboya, Indonesia, Laos, Malaysia. Myanmar, Philippinas, Singapur, Thailandia y Vietnam ) se celebró la 7ª ronda de negociaciones en marzo de 2009, aunque las negociaciones de las normas de origen van avanzando, la Comisión no está muy satisfecha con los progresos, en su conjunto, de las mismas que ya llevan dos año de negociaciones (principalmente en relación al bajo nivel de ambición de los países de este grupo) por lo que desde esa fecha se han estancado y se está evaluando y explorando la situación para ver si se podría entablar negociaciones individuales con miembros del ASEAN.

1. Singapur

Es primer país del ASEAN interesado en ello. La Comisión estima que otros países del grupo podrían seguir y que estas negociaciones bilaterales irían construyendo el bloque para un enfoque región a región a más largo plazo. Las negociaciones se iniciaron el 03-03-10 y ya se ha celebrado la 3ª Ronda de negociaciones en Singapur del 13 al 17 de septiembre de 2010, se destaca:

- Certificación de origen:

Singapur no acepta el exportador autorizado del sistema de la UE y quiere un sistema de registro de exportadores.

Acumulación:

Se insiste por Singapur en tener acumulación total con ASEAN. La Comisión ha propuesto sólo acumulación bilateral, pero se puedn evaluar otras opciones.

Norma de no drawback:

Singapur acepta la norma, pero quiere asegurarse de que los derechos de exportación y las tasas internas no están incluidas. La Comisión sugiere poner una nota a pie de página en el texto para aclarar esto.

Acuicultura:

Singapur quiere que confiera origen sólo la cría. La Comisión indica que no puede ser diferente que para los otros animales y que debe ser nacidos y criados.

Precio Franco Fábrica - FOB:

Singapur quiere redactar las normas de Listas de valor añadido en función del precio FOB para mantener su sistema. La Comisión explicó que necesita mantener como base de cálculo el precio franco fábrica.

Normas de Lista:

La Comisión presentó la propuesta para productos de la pesca y agrícolas.

Otras informaciones sobre estas negociaciones en:

http://ec.europa.eu/trade/creating-opportunities/bilateral-relations/countries/singapore/

2. Malasia:

Se han iniciado negociaciones a finales del año 2010.

Más información en:

http://ec.europa.eu/trade/creating-opportunities/bilateral-relations/countries/malaysia/

Mercado Centroamericano

Las negociaciones de este acuerdo de asociación se lanzaron en el año 2007 y han sido satisfactoriamente concluidas en Madrid el 18-05-2010, con ocasión de la cumbre UE/ Latino América y Caribe. En la actualidad el texto del acuerdo esta siendo objeto de la preceptiva revisión jurídica que una vez finalizada permitirá que se proceda a la ratificación del mismo. Se espera sea de aplicación en el año 2012.

Pueden consultarse para más información al respecto las páginas siguientes:

http://ec.europa.eu/trade/creating-opportunities/bilateral-relations/regions/central-america/

Trade negotiations of EU-Central America Association Agreement concluded

Mercosur (Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay)

Se han retomado en el año 2010 las negociaciones que estaban estancadas desde septiembre de 2004 y ya se ha celebrado la segunda ronda de negociaciones en Bruselas del 12 al 14 de octubre de 2010, los puntos más conflictivos de estas negociaciones aún sin concluir son:

Delimitación del territorio: MERCOSUR quiere incluir la zona económica exclusiva (las 200 millas). La Comisión les planteó que esa cuestión era inaceptable para la UE y que sólo se aceptarán las 12 millas.

Ellos no la desean la Norma de no-drawback, si bien la Comisión propone un drawback parcial (4% para productos industriales excepto textiles que sería del 8%) por un periodo de 3 años que podría prorrogarse a 5 años. Los debates continuarán y se harán unos estudios de impacto sobre el drawback para productos agrícolas e industriales.

Respecto a las normas de Ceuta y Melilla: se mostraron muy escépticos ante ellas y tomaron nota de las explicaciones que se les dieron para su posterior estudio.

Se quiere proponer a Mercosur abandonar el EUR-1 que ya se había aceptado en las negociaciones anteriores al 2004 y dejar sólo la declaración de origen.

Se propuso modificar la norma de transporte directo para alinearla a la de la reforma SPG; Mercosur prefiere mantener la norma sin cambios, pero la Comisión volverá sobre el tema en la próxima ronda.

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