Acuerdos preferenciales

Países mediterráneos

El crecimiento del comercio se ha visto reforzada por la asociación euro-mediterránea. Lanzado en 1995 con la "Declaración de Barcelona, la asociación tiene como objetivo establecer un espacio común de paz, la estabilidad y la prosperidad compartida en la región Euro-Mediterránea. En 2004, el lanzamiento de la Política Europea de Vecindad (PEV), trasladó este proceso con un gran paso adelante. En 2008, el "Proceso de Barcelona" ha sido mejorado con la creación de la 'Unión por el Mediterráneo.

Un componente esencial de la Asociación Euromediterránea es la negociación de acuerdos de asociación entre la Unión Europea y nueve de sus socios mediterráneos con objeto de reemplazar a los acuerdos de cooperación celebrados en los años setenta. La conclusión de negociaciones con Siria en octubre de 2004 ha permitido completar la red de acuerdos de asociación con los socios mediterráneos. Estos acuerdos están en vigor entre la Unión Europea y Túnez (desde 1998), Israel (2000), Marruecos (2000), Jordania (2002), Egipto (2004) y, con carácter provisional, con la Autoridad Palestina (1997). Se firmaron acuerdos con Argelia en diciembre de 2001 y con el Líbano en enero de 2002.

Las disposiciones de los Acuerdos Euromediterráneos de Asociación rigen las relaciones bilaterales y varían de un socio mediterráneo a otro. Con el transcurso del tiempo, se han integrado en los acuerdos nuevos ámbitos de cooperación. No obstante, presentan ciertos puntos comunes:

Diálogo político. El respeto de los derechos humanos y de los principios democráticos constituye un elemento esencial de estos acuerdos, y todos ellos están concebido, del punto de vista de su estructura, para permitir su suspensión en caso de violación grave de los derechos humanos; está previsto un diálogo político a diferentes niveles y a intervalos regulares.

Comercio. Debe instaurarse el libre comercio, de conformidad con las normas de la OMC, a lo largo de un período transitorio máximo 12 años en lo que respecta al desarme arancelario que deberán llevar a cabo los socios; el comercio de productos agrícolas deberá liberarse progresivamente; asimismo se prevé una liberación progresiva del comercio de los servicios, basada en los principios del AGCS (Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios).

Otras disposiciones económicas. Estas disposiciones se dirigen a garantizar el nivel de armonización más elevado posible entre la Unión Europea y los socios considerados. Se refieren, en particular, al mantenimiento de un alto nivel de protección de los derechos de propiedad intelectual, la liberación progresiva de los contratos públicos, la adaptación de las disposiciones relativas a la competencia, las ayudas estatales y los monopolios, así como a la liberalización de los movimientos de capitales y la cooperación económica en un gran número de sectores (industria, medio ambiente, energía, transportes, aduanas, etc.).

Cooperación financiera. Estos acuerdos prevén una contribución financiera de la Unión Europea destinada a los socios (con excepción de Chipre, Israel y Malta), definen los principales ámbitos de esta cooperación y los grandes temas del diálogo económico, pero no precisan el importe de la ayuda financiera.

Cooperación social y cultural. Los acuerdos contienen disposiciones relativas a los derechos de los trabajadores y a otras cuestiones sociales, así como a la readmisión de los nacionales y no nacionales llegados ilegalmente al territorio de una de las partes procedentes de otra.

Se han creado dos instituciones comunes para aplicar los acuerdos de asociación: un Consejo de Asociación (a nivel ministerial) y un Comité de Asociación (a nivel de altos funcionarios).

Los acuerdos presentan un carácter mixto, ya que se refieren a la vez a las competencias de la Comunidad Europea y a las de los Estados miembros, y más precisamente, en este último caso, a los pilares segundo y tercero de la Unión Europea. Por esta razón son objeto, una vez firmados, de un largo proceso de ratificación por los parlamentos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

En los años sesenta, la Comunidad Europea concluyó un acuerdo de asociación de primera generación con Turquía, el otro socio mediterráneo. Por consiguiente, el 1 de enero de 1996 entró en vigor una unión aduanera con la Unión Europea.

El Acuerdo de Agadir, un acuerdo de libre comercio firmado entre Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez el 25 de febrero de 2004, constituye una etapa decisiva hacia la creación de una zona euromediterránea de libre comercio. La Comisión no ha dejado de apoyar esta iniciativa en el plano político desde la firma de la declaración de Agadir en mayo de 2001 y la apoya también a través de un programa dotado con 4 millones de euros financiado en virtud de MEDA. El programa proporcionará asistencia técnica a los países signatarios del Acuerdo de Agadir así como a su secretaría, de próxima creación. Este acuerdo Sur-Sur creará un mercado integrado de más de 100 millones de personas en los cuatro países considerados y ofrecerá nuevas posibilidades atractivas a los inversores europeos en esta región.

El principal objetivo de la asociación comercial es la creación de un fondo euro-mediterráneo Área de Libre Comercio, cuyo objetivo es liberalizar sustancialmente el comercio entre la UE y los países del sur del Mediterráneo (norte-sur), y los países del sur del Mediterráneo a sí mismos (Sur-Sur). 

Estos acuerdos contienen las siguientes disposiciones comerciales, entre otras:

  • Creación de una zona de libre comercio con eliminación progresiva de las barreras arancelarias y no arancelarias a través de revisiones periódicas.

  • En productos industriales se contempla un desmantelamiento arancelario inmediato por parte de la UE y progresivo, en 10 años, por parte de los países mediterráneos.

  • Para los productos agrícolas, la Comunidad acepta un trato preferencial, con el compromiso de revisiones futuras.

  • Liberalización progresiva del comercio de servicios.

País

Estado

Fecha firmada

Entrada en vigor

Argelia

Firmado

Abril de 2002

Septiembre de 2005

Egipto

Firmado

Junio ​​de 2001

Junio ​​de 2004

Israel

Firmado

Nov 1995

Junio ​​de 2000

Jordán

Firmado

Nov 1997

Mayo de 2002

Líbano

Firmado

Junio ​​de 2002

Abril de 2006

Marruecos

Firmado

Feb 1996

Marzo 2000

Palestina

Firmado

Feb 1997

Acuerdo interino de julio de 1997

Siria

Iniciado (diciembre de 2008)

 

 

Túnez

Firmado

Julio de 1995

Marzo de 1998

Turquía

Unión Aduanera Enero 1996

Unión aduanera

Diciembre de 1995

Las negociaciones para un Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Libia están actualmente suspendidas.

Los pasos hacia la firma del Acuerdo de Asociación rubricado con Siria están actualmente suspendidos.

La UE apoya el fortalecimiento de las relaciones comerciales entre los países del sur del Mediterráneo:

  • el Acuerdo de Agadir entre Túnez, Marruecos, Jordania y Egipto, en vigor desde 2007, sigue abierto a otros países árabes mediterráneos;
  • Israel y Jordania han firmado un Tratado de Libre Comercio;
  • Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Marruecos, los Territorios Palestinos, Siria y Túnez han firmado acuerdos bilaterales con Turquía.
  • Se están llevando a cabo negociaciones entre otros países mediterráneos para establecer acuerdos similares.

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